Se amplía el aforo en la hostelería, comercio, cines y recintos deportivos. Salamanca bajará a nivel 3 el lunes

Jueves, 10 de Diciembre de 2020
HosteleriaSalamanca.es

Una semana después de la apertura de la hostelería, los gimnasios y los centros comerciales en Salamanca, la Junta ha decidido relajar todavía más las medidas restrictivas en la provincia.

Una semana después de la apertura de la hostelería, los gimnasios y los centros comerciales en Salamanca, la Junta ha decidido relajar todavía más las medidas restrictivas en la provincia. El vicepresidente del Gobierno regional, Francisco Igea, ha anunciado este jueves que Salamanca avanzará a fase 3 el próximo martes 15 de diciembre. La nueva situación implica que en los establecimientos de hostelería se permitirá la ocupación de hasta el 75 por ciento de los aforos en establecimientos con capacidad de menos de 40 comensales y al 50 por ciento en los que superan esa capacidad. Las mesas tendrán que estar a dos metros de distancia mientras que las barras seguirán sin poder utilizarse para consumir. También será del 75 por ciento el aforo de las terrazas donde las mesas deberán estar separadas por al menos 1,5 metros.


El nivel 3 trae a Salamanca el alivio de algunas restricciones:

Hostelería:

Precisamente, en la hostelería la reducción de las medidas solo se notará en restaurantes con grandes salones, puesto que en el resto de establecimientos el aforo pasa del 33 al 75 % en el caso de salas de hasta 40 comensales y del 50 % en el caso de salas de más de 40. Sin embargo, al seguir prohibido el consumo en barra o de pie, el uso de las mesas es el único medio y como estas deben guardar una distancia mínima de dos metros entre las mesas, el cambio va a ser muy bajo. La limitación de agrupación de personas en mesas seguirá siendo de seis.

Por su parte, el aforo en terrazas seguirá al 75%

Velatorios:

Los velatorios seguirán con un número máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados, sin superar en ningún caso un tercio del aforo máximo permitido. La comitiva se restringe a un máximo 15 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.

Ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles:

Si estas celebraciones son al aire libre se podrán desarrollar con un máximo de 50 personas, sin superar en ningún caso un tercio del aforo máximo permitido.

Bibliotecas:

El aforo máximo en este nivel 3 para las bibliotecas será del 50% para cada una de sus salas y espacios públicos y un máximo de 10 personas en las actividades grupales incluida la persona que la dirija.

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y otros espacios:

Cerrados o al aire libre, destinados a actividades culturales, espectáculos públicos y actividades recreativas, que cuenten con butacas preasignadas, podrán desarrollar su actividad con un aforo máximo del 50%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

Actividad e instalaciones deportivas y centros deportivos:

Para los espacios al aire libre el aforo será de un máximo del 50%, mientras que en espacios deportivos cerrados el máximo será del 33%

Piscinas:

En las piscinas al aire libre o cubiertas, para uso recreativo o deportivo, incluidas las que pertenezcan a comunidades de propietarios, tanto el acceso como la propia práctica deportiva o recreativa, estarán sometidas a las siguientes reglas y límites de aforo: Aforo máximo del 50% en piscinas al aire libre, y del 33% en piscinas cubiertas.

Atracciones de feria:

Las atracciones de feria podrán ocuparse de acuerdo con las siguientes reglas y límites de aforo: en las atracciones con asientos, el 50% de ocupación por cada fila. En las atracciones sin asientos, el 50% de la capacidad de la instalación si es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal. No se podrá superar el 50% del aforo.

Actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas:

En las plazas, recintos e instalaciones taurinas se podrán desarrollar actividades taurinas siempre que el público permanezca sentado. Se podrá llegar a un máximo del 50%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia

Las residencias públicas y privadas de personas mayores y de personas con discapacidad:

En este nivel 3 se permitirán los nuevos ingresos previo resultado negativo en la prueba que se determine y con los requisitos previstos en la Guía de actuaciones.

Se podrán limitar las visitas en los centros residenciales de personas mayores, permitiéndose únicamente en circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización o situaciones de final de la vida, que adoptará la dirección del centro y sin perjuicio del uso formas alternativas de contacto entre los residentes y sus familiares tales como videoconferencias, llamadas telefónicas, videollamadas o similares. 

Se podrán limitar las salidas de los residentes fuera del recinto de la residencia salvo para acudir al médico y similares o situaciones de fuerza mayor

Los centros residenciales públicos y privados de protección y reforma de menores

Se podrán limitar las visitas de los familiares, extremando las medidas de seguridad e higiene, sin perjuicio del uso formas alternativas de contacto entre los menores y sus familiares tales como videoconferencias, llamadas telefónicas, videollamadas o similares.



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