Aprobada la prórroga de los ERTE: ¿Cómo me va a afectar?

Viernes, 26 de Junio de 2020
HosteleriaSalamanca.es

El Gobierno convocó un Consejo de Ministros Extraordinario en que se ha aprobado la extensión de los ERTE hasta el 30 de septiembre y también se da luz verde a la ampliación de las ayudas a autónomos por el cese de actividad.

La segunda prórroga de los ERTE entra en vigor el próximo miércoles 1 de julio y plantea un sistema de ayudas hasta el 30 de septiembre.

Se contemplan una serie de medidas que pretenden dar una respuesta adecuada para que las empresas adopten los ajustes necesarios que les permitan adaptarse a la “nueva normalidad”, salvaguardar el empleo y proteger especialmente a las personas trabajadoras.

A falta de que el Gobierno de a conocer más detalles del acuerdo, si se han podido saber algunas de las medidas que se llevarán a cabo. Según publica El Mundo, el principal objetivo es el de aliviar costes laborales para impedir la posible en desaparición de empresas y empleos.

En el caso de prórroga de los ERTES por fuerza mayor

La renuncia por parte de aquellas empresas y entidades que contaran con un expediente de regulación temporal de empleo basado en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, a los expedientes de regulación temporal de empleo o, en su caso, la suspensión o regularización del pago de las prestaciones que deriven de su modificación, se efectuará previa comunicación de estas al Servicio Público de Empleo Estatal de las variaciones en los datos contenidos en la solicitud colectiva inicial de acceso a la protección por desempleo.

En todo caso, estas empresas y entidades deberán comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal aquellas variaciones que se refieran a la finalización de la aplicación de la medida respecto a la totalidad o a una parte de las personas afectadas, bien en el número de estas o bien en el porcentaje de actividad parcial de su jornada individual, cuando la flexibilización de las medidas de restricción que afectan a la actividad de la empresa permita la reincorporación al trabajo efectivo de aquellas.

¿En qué consiste?

Para las empresas con  menos de 50 trabajadores que estén sujetas ahora a ERTEs de fuerza mayor parcial (con parte de su plantilla reincorporados a su puesto) y los ETOP, las exoneraciones llegan al 60% por los trabajadores en activo y el 35% por los que permanezcan en el ERTE, mientras que para las de más de 50  trabajadores serán del 40% por cada trabajador reactivado desde la suspensión y del 25% por el que siguiera en el ERTE.

¿Qué pasará desde el 1 de julio?

Las empresas que están en ERTE de fuerza  mayor total comenzarán a evolucionar a ERTE de fuerza mayor parcial y, desde aquí a ERTE por causas operativas. El esquema, que actualmente protege a cerca de dos millones de trabajadores, promueve esta transición.

¿Pueden las empresas contratar más personal si están acogidos a un ERTE?

No. El acuerdo prohíbe  a las empresas la contratación antes de reactivar a sus trabajadores en ERTE así como la realización de horas extraordinarias, el establecimiento o la reanudación de externalizaciones de la actividad y la concertación de nuevos contratos, ya sean de mera directa o a través de una empresa de trabajo temporal.


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