Castilla y león, sin fondos para planes antitabaco
Lunes, 29 de Octubre de 2007
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Fuente: nortecastilla.es
La aparente relajación con la que la Junta de Castilla y León se ha tomado la aplicación de la conocida como ley antitabaco ha tenido sus primeras repercusiones. El Gobierno de la nación -que ha recurrido el decreto con el que la Junta regulaba la materia, por entender que su desarrollo es contrario a la ley- no ha incluido a Castilla y León entre las comunidades que recibirán fondos para poner en marcha políticas de prevención y cohesión del sistema sanitario en el ámbito del tabaquismo.
Fuentes del Ministerio de Sanidad explicaron la semana pasada que esta circunstancia se produce «por cuestiones estrictamente técnicas» y suponen un revés económico para las comunidades más críticas con la ley aprobada por el Gobierno de Rodríguez Zapatero, que entró en vigor desde el 1 de enero del 2006. Precisamente el año pasado, Castilla y León |
recibió 849.280 euros dentro de esta línea de ayudas, que destinó 14 millones de euros en el conjunto del país.
La región castellana y leonesa fue la quinta en la cantidad de fondos recibidos, por detrás de Andalucía, Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana y Galicia. Estas subvenciones iban dirigidas a la aplicación de programas para dejar el tabaco o para potenciar los mecanismos de vigilancia, inspección y control de los espacios sin humo dentro de centros laborales y hosteleros.
La situación afecta no sólo a Castilla y León, sino a las comunidades que también han elaborado normativas específicas al respecto, con criterios distintos a los defendidos por el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero. De este modo, quedan fuera de las ayudas la Comunidad Valenciana, Madrid, La Rioja (todas ellas gobernadas por el PP) y Baleares, en la actualidad con gobierno socialista.
Fuentes gubernamentales añadieron que el espíritu de la ley nacional es «defender a los no fumadores dentro de los espacios públicos» algo que, a su juicio, no se produce de acuerdo con las apreciaciones que defiende la Junta y que, por ejemplo, suavizan las obligaciones de los hosteleros respecto a la separación de los espacios libres de humo.
El decreto autonómico no obliga, entre otras cuestiones, a que exista una separación física (con el empleo de muros, por ejemplo) y establece, en su artículo 6, que «la compartimentación entre ambas zonas se realizará con cualquier elemento que garantice que el espacio destinado a no fumadores permanezca libre de humos». Añade además que estas zonas habilitadas para fumar «deberán disponer de sistemas de ventilación adecuados que eviten que el humo del tabaco se desplace a las zonas en las que está prohibido el consumo de tabaco».
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