¿Cuáles son las nuevas medidas de Madrid y los municipios con restricciones?
Jueves, 1 de Octubre de 2020
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Las medidas de Sanidad afectarán a las personas que vivan en los municipios que cumplan tres características: más de 500 casos por 100.000 habitantes, presenten un porcentaje de positividad superior al 10% y una ocupación de camas por pacientes COVID-19 en unidades de cuidados intensivos superior al 35%.
Restringir la movilidad de los ciudadanos, la reducción de aforos en establecimientos, la prohibición del consumo en barra en la hostelería o el cierre de parques infantiles forman parte de las medidas que Sanidad ha trasladado a las CC.AA. para las ciudades con más de 100.000 habitantes con alta incidencia de COVID-19 y han sido aprobadas "de forma colegiada" por el Consejo Interterritorial, según ha anunciado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, con los votos a favor de 13 Gobiernos autonómicos.
Durante "los próximos días" el ministro firmará una orden, que se tendrá que hacer efectiva por las comunidades. Las medidas de Sanidad afectarán a las personas que vivan en municipios con más de 100.000 habitantes y tres características: más de 500 casos por 100.000 habitantes, presenten un porcentaje de positividad superior al 10% y una ocupación de camas por pacientes COVID-19 en unidades de cuidados intensivos superior al 35% de la dotación habitual de toda la Comunidad Autónoma a la que pertenecen.
Se detallan a continuación, de acuerdo con el borrador de Sanidad:
1. Se restringirá la entrada y salida de personas, con algunas excepciones:
2. La circulación por carreteras y viales que atraviesen los municipios estará permitida, así como la circulación de los propios residentes del municipio, siempre que respeten "las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes".
3. Máximo de seis personas reunidas no convivientes, ya sea para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.
4. Suspensión de la actividad de los parques infantiles de uso público.
Fuente: RTVE
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