Sube el IVA de los alimentos desde este 1 de octubre

Martes, 1 de Octubre de 2024
HosteleriaSalamanca.es

Adiós a la reducción del IVA de los alimentos, una medida provisional que se prorrogó el pasado verano... hasta el 30 de septiembre. A partir de hoy, productos como el pan, el aceite, la leche, los huevos o las frutas y verduras suben al 2% de IVA, una subida que probablemente se notará en las cestas de la compra, quizá ahora no mucho, pero a partir de enero, cuando pasen al 4%, se dejará sentir bastante...

La inflación más contenida de los últimos meses es la "excusa" perfecta para acabar con una de las famosas medidas anticrisis de la que hemos estado disfrutando: el IVA rebajado de los alimentos: la subida va a ser progresiva hasta fin de año, pero a partir de hoy, 1 de octubre, nos despedimos de no pagar el IVA de muchos de los alimentos básicos.

Sube el IVA... pero aún no del todo

De esta manera, a partir del 1 de octubre de 2024:

  • Los alimentos que ahora están al 0%, los alimentos básicos, tendrán un tipo impositivo del 2%.
  • Los que ahora están al 5% pasarán a tener un 7,5% de IVA.

A partir del 1 de enero de 2025, se aplicara una nueva subida, pasando los alimentos con IVA superreducido al 4%, y el resto, al 10%.

¿En qué alimentos sube el IVA?

Toma nota de los cambios y apunta cuáles son los alimentos cuyo IVA será más caro desde mañana:

Pasan del IVA 0 al 2%

  • El aceite de oliva.
  • El pan común, incluso congelado, solo si no lleva otros añadidos.
  • Harinas panificables, no la de repostería o de rebozar.
  • La leche, liquida, en polvo, UHT o fresca (pasterizada).
  • Quesos de todo tipo, frescos, o más o menos curados, de vaca, oveja, cabra…
  • Los huevos.
  • Frutas 
  • Verduras frescas, desecadas, congeladas o de 4ª gama, siempre que no lleven otros ingredientes.
  • Tubérculos.
  • Cereales.
  • Legumbres secas, arroz, garbanzos, judías, maíz....

Los alimentos más elaborados: panes especiales, conservas (de verduras, legumbres, frutas),  el arroz precocido o las patatas prefritas no se consideran alimentos "básico" y mantendrán el IVA 10%.

Pasan del 5 al 7,5%

  • Pasta alimenticia (fideos, macarrones, tallarines).
  • Aceites de semillas (de girasol, por ejemplo).

El aceite de oliva ya es superreducido

Afortunadamente, el aceite de oliva ya ha pasado a tener la consideración de alimento básico, como la leche, la fruta y los huevos, y como tal, disfruta de un IVA superrducido (ya sea del 0, del 2 o del 4%). Esto es algo por lo que desde OCU han luchado, pero siguen insistiendo en que también deberían tener esa consideración de alimentos básicos (y su correspondiente ajuste impositivo) la carne o el pescado, imprescindibles en nuestra dieta.

Fuente: OCU


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