Todas las claves de la prórroga de los ERTE

Miércoles, 30 de Septiembre de 2020
HosteleriaSalamanca.es

Estas medidas beneficiarán a cerca de 600.000 personas que, según ha asegurado el ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, aún se encuentran en un ERTE. Mientras, desde finales de mayo, unos 6 millones de trabajadores se han incorporado a sus puestos de trabajo.

El Consejo de Ministros ha aprobado ayer, con el apoyo de patronal y sindicatos, una nueva prórroga de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el próximo 31 de enero de 2021. Se trata de la cuarta prórroga desde la expansión de la pandemia.

El nuevo texto llega un día antes de que expire la actual regulación y después de varias semanas de intensas reuniones e intercambio de propuestas. La última este lunes 28 de septiembre, cuando las negociaciones entre el Ejecutivo y los agentes sociales se prolongaron durante casi diez horas.

Estas son las claves del acuerdo alcanzado por el Gobierno, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme), la Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CC.OO.).

Prórroga de los 'ERTE por fuerza mayor'

El Real Decreto-Ley prorroga hasta el 31 de enero de manera automática los 'ERTE por fuerza mayor' para aquellos sectores económicos golpeados especialmente desde la expansión de la pandemia. Dichas empresas disfrutarán de exenciones del 85 % de la cuota mensual hasta enero de 2021 en el caso de tener menos de 50 trabajadores en plantilla y del 75 % en el caso de contar con más de 50 empleados.

Podrán acogerse a esta figura aquellas empresas cuya actividad se clasifique en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-09) consensuados el Ejecutivo y los agentes sociales y que será publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A las compañías de dicha lista podrán sumarse otras ajenas al listado, pero que puedan acreditar que su facturación depende de firmas que sí están en la lista.

Dos nuevos tipos de ERTE

El acuerdo elimina la figura de los 'ERTE por rebrote', que se sustituyen por otras dos modalidades. Por un lado, los 'ERTE de impedimento de la actividad', al que se podrán acoger aquellos sectores que no pueden desarrollar su actividad por las restricciones impuestas. Por ejemplo, el sector del ocio nocturno.

Estas empresas también se beneficiarán de exoneraciones hasta el 31 de enero de 2021 del 100 % si la plantilla era inferior a 50 trabajadores hasta febrero de este año y del 90 % si era superior.

Por otro lado, se crea la figura del 'ERTE de limitación de actividad', que irá destinado a aquellas empresas que vean registrada una caída de la actividad como consecuencia de las restricciones impuestas por una autoridad local, autonómica o estatal. Por ejemplo, las limitaciones de horario o la reducción de aforos en la hostelería.

Las exoneraciones en este caso serán, para empresas con menos de 50 trabajadores en plantilla, del 100 % en octubre, del 90 % en noviembre, del 85 % en diciembre y del 80 % en enero. Mientras, para aquellas con más de 50 trabajadores, los porcentajes se reducen un 10 % respectivamente.

Renovación del 'contador a cero’

El denominado 'contador a cero', la herramienta que permite que no se consuma paro mientras se esté cobrando del ERTE, finalmente será prorrogado y toda persona que pierda su empleo antes o durante el 2021 tendrá garantizada su prestación. Así, la protección se eleva de 180 a 196 días y se extenderá hasta del 1 de enero de 2022.

Sin merma del poder adquisitivo

El acuerdo también plantea que se mantendrán las prestaciones para los trabajadores afectados por un ERTE, sin merma de su poder adquisitivo para los que arrastren más de seis meses en esta situación.

La normativa laboral contempla que una persona que cobre prestación de paro durante más de seis meses ve disminuir al séptimo su prestación del 70 % de la base reguladora al 50 %. Así, el Real Decreto-Ley tendrá una disposición adicional para garantizar que la prestación continuará al 70 %.

Prórroga de la prohibición del despido durante seis meses

El texto recoge una nueva obligación de mantenimiento del empleo por seis meses más. Así, las empresas que reciban las nuevas exoneraciones incluidas en esta prórroga de los ERTE quedarán comprometidas a un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo.

En el caso de que estuvieran afectadas por un compromiso anterior, el nuevo periodo de seis meses empezará a contar una vez finalizado dicho compromiso previo. "Es el compromiso que da sentido a los enormes recursos públicos que estamos desplegando", ha destacado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

Se prorroga además hasta el 31 de enero de 2021 la "prohibición" al despido por causas objetivas y la suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, lo que supone de facto prorrogar estos contratos aunque el empresario quiera rescindirlos.

Mejora de la protección de los fijos-discontinuos

La norma aprobada este martes también mejora la protección de los trabajadores fijos-discontinuos y también para los trabajadores en esta modalidad de carácter periódico, que tendrán acceso a prestación por desempleo, y de los trabajadores a tiempo parcial, que tendrán una "compensación extraordinaria".

Se prioriza la formación para trabajadores en ERTE

Asimismo, se incorpora una disposición adicional en la que se prioriza la formación de los trabajadores en ERTE "para que aprovechen su estancia para mejorar sus capacitaciones de aquí al futuro", ha asegurado Díaz.

Se mantienen los límites a las empresas

La ministra de Trabajo también ha confirmado que, mientras esté vigente el ERTE, no se podrán realizar horas extra, externalizar actividades ni realizar nuevas contrataciones directas o indirectas salvo casos justificados. Asimismo, tampoco podrán acogerse a estas figuras las empresas domiciliadas en territorios considerados paraísos fiscales.


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