Béjar y Villares de la Reina también se ven abocadas a cerrar el interior de los bares
Salamanca capital no es la única que se suma a la lista de municipios que tendrán que cerrar sus interiores a partir de mañana. También los bares, restaurantes y casas de apuestas de Béjar y Villares de la Reina tendrán que adoptar la medida extraordinaria.
El vicepresidente de la Junta, Francisco Igea, también ha anunciado en su comparecencia tras el Consejo de Gobierno extraordinario que a Salamanca capital también se unirán Béjar y Villares de la Reina en el cierre del los interiores de bares, restaurantes y casas de apuestas.
Todas estas localidades tienen una incidencia superior a 150 casos por 100.000 habitantes, concretamente cuentan con:
- Béjar
- Villares de la Reina
De esta forma, estos tres municipios tendrán que permanecer 14 días con las medidas establecidas, aunque la incidencia se revisará semanalmente. Se unen así a otros municipios de la provincia salmantina como Villamayor, Carbajosa y Santa Marta de Tormes, que ya cerraron sus interiores el pasado lunes y que tendrán que seguir con las mismas restricciones.
Las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional que se implementarán a partir de mañana 13 de abril en los municipios indicados son las siguientes:
- Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:
- Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.
- Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio de que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
- Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
- Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
- Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
- Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.
- Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.