Sanidad propondrá el uso de la mascarilla en la playa solo para pasear y si no hay distancia
El Ministerio de Sanidad propondrá a las comunidades autónomas el uso de la mascarilla obligatoria en las playas y otros espacios acuáticos solo para pasear o cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, por lo que no se tendrá que usar durante el baño, la práctica de deportes o en los momentos de descanso en un lugar fijo.
Esta medida es una de las propuesta que aparecen en el borrador del documento que Sanidad va a trasladar en la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) de este miércoles sobre la gestión de la pandemia de coronavirus y al que ha tenido acceso TVE.
La finalidad es "modular" la obligatoriedad del uso de mascarillas que contempla la ley de nueva normalidad incluso cuando se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros. Ya en la reunión de la semana pasada, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, ofreció a los consejeros autonómicos trabajar "de manera técnica" para revisar y actualizar esta parte de la normativa que impone el uso de mascarillas aun estando solos en espacios abiertos.
La ley, publicada el pasado martes en el BOE, es fruto del trabajo parlamentario a partir del real decreto de nueva normalidad que se aprobó en junio de 2020 para tramitarse como proyecto de ley.
Durante su trámite parlamentario en el Senado se introdujo una enmienda del PSOE que fijaba la obligatoriedad de la mascarilla incluso manteniendo la distancia de seguridad, cuando hasta entonces se exigía de no ser posible guardar la distancia de 1,5 metros.
Corregir la norma ante las quejas de las Comunidades
Nada más conocerse la publicación de la norma, las comunidades mostraron su rechazo a una obligación que hasta ese momento había pasado desapercibida.
Fue el caso de Baleares, que interpretó que no es obligatoria en playas y espacios naturales para quienes van solos o con convivientes y mantienen la distancia, pero sí en las reuniones sociales en esos lugares, al margen de lo que diga la ley estatal.
La Junta de Andalucía también rechazó de plano el uso de la mascarilla para tomar el sol en la playa y en las piscinas y apostó por la directriz que implantó el verano pasado, según la cual es obligatoria para pasear por la orilla pero no para estar en la sombrilla en grupos que no superen las 6 personas.
Por eso, Darias llevará "probablemente" una propuesta para corregir la norma porque es "de sentido común", según avanzó el lunes el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón.
En concreto, se pretende acordar la regulación del artículo 6.2 que establece que no será exigible el uso de mascarilla en el caso del ejercicio de deporte individual y permite que se pueda exceptuar el uso de la mascarilla cuando, por la propia naturaleza de las actividades, ese uso resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
La propuesta de Sanidad
Así, Sanidad planteará que se equipare al ejercicio de deporte individual las actividades que supongan un esfuerzo físico intenso, de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual.
La propuesta declara actividades incompatibles con el uso de la mascarilla:
- El baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.
- La práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial.
- Los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.
- Las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.
- Los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.
En cambio, propone el uso obligatorio de la mascarilla:
- El paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.
- El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.
- El uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.
- La permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.
Fuente:RTVE