Aprobada la ley de alcohol y menores que pone coto a su venta y publicidad

Miércoles, 12 de Marzo de 2025
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También habilita a las fuerzas de seguridad a hacer pruebas de alcoholemia en lugares donde el consumo esté prohibido. La normativa obliga a instalar en las máquinas expendedoras mecanismos que comprueben la mayoría de edad.

El Consejo de Ministros aprobó ayer martes el proyecto de ley de alcohol y menores, con el que pretende reducir el consumo en esta población, limitando los espacios en los que se podrá beber, así como la publicidad, el patrocinio y la venta y dispensación de esta sustancia.

"Se trata de una legislación pionera, es la primera vez que tenemos una legislación estatal" sobre el tema, ha asegurado la ministra de Sanidad, Mónica García, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La norma, que inicia ahora su andadura parlamentaria, aúna un sinnúmero de normativas dispersas y homogeneiza las que ya aplican las comunidades y otras ordenanzas municipales para frenar su consumo en los más jóvenes, o al menos a retrasar la edad de inicio.

El proyecto de ley, "tan urgente como necesario, tiene como objetivo abordar de manera integral la prevención del consumo de alcohol en personas menores de edad", ha explicado la ministra, que reconoce la "preocupación" del Ejecutivo.

Según la última Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias en España (ESTUDES), el alcohol es la sustancia psicoactiva de consumo más generalizado entre estudiantes de 14 a 18 años.

En 2023, el 56,6% de los jóvenes encuestados reconocía haber consumido alcohol en el último mes. La edad media de inicio del consumo es de 14 años y el 93% de las y los adolescentes entre 14 y 18 años consideran fácil o muy fácil conseguir bebidas alcohólicas.

La ley prohibirá también la publicidad

La futura ley prohibirá el consumo a todas las personas, adultos incluidos, en centros docentes -salvo universidades-, de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan menores y en espacios deportivos, de ocio o dedicados a espectáculos públicos cuando haya sesiones que se hayan concebido expresamente para ellos.

En esos lugares en los que no se podrá beber, tampoco se podrá emplazar publicidad, ni en sus cercanías, ni en las de otros lugares frecuentados por menores, como centros sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil.

Lo cual incluye el mobiliario de hostelería, sean sillas, mesas, toldos, sombrillas, servilleteros o cualquier elemento que haga alusión a una marca de bebida alcohólica.

Uso obligatorio de máquinas expendedoras que comprueben la edad

Entre otras medidas, la normativa extiende el veto de cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad de productos que simulen ser una bebida alcohólica y prohíbe el uso de voces o imágenes de personas de menos de 21 años, de adultos caracterizados de menores, embarazadas o personajes reales o ficticios de relevancia para la población menor de edad.

La ley prohibirá también el emplazamiento de publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública en un radio de 150 metros de centros educativos, centros sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios y de parques y lugares de ocio infantil

Por otra parte, obliga a instalar en las máquinas expendedoras mecanismos que comprueben la mayoría de edad, similar al que ya usan algunas máquinas de tabaco. Asimismo, se prohibirá la venta ambulante y sin licencia administrativa en la vía pública.

La normativa habilita a las fuerzas de seguridad poder hacer pruebas de alcoholemia en lugares y en circunstancias en las que el consumo de alcohol esté prohibido y contempla la posibilidad de sustituir las sanciones derivadas de infracciones leves por la participación en programas de sensibilización.

Fuente: RTVE


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