El Gobierno permitirá a las CCAA acudir al Supremo para autorizar restricciones tras el fin del estado de alarma
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un paquete de medidas sociales y contra la pandemia de COVID-19 para prolongar su vigencia más allá del decaimiento del estado de alarma este próximo domingo.
El Gobierno no prorrogará el estado de alarma que vence el domingo 9 de mayo. El Ejecutivo sí ha decidido abrir un nuevo canal para que las regiones pueda restringir derechos fundamentales, como la movilidad de los ciudadanos, en la lucha contra la pandemia. Éstas podrán acudir al Tribunal Supremo para solicitar esas medidas.
Hasta ahora, sin el paraguas del estado de alarma, las comunidades deben pedir autorización judicial, a los tribunales superiores de justicia, para aquellas medidas que pueden suponer una limitación de derechos. Ésa era la vía que articuló el Ejecutivo. Ello provocó disparidad de criterios y decisiones: cierres, medidas iguales que en una comunidad se aprobaban y en otra se tumbaban. Y ahí acababa el margen de las comunidades.
Ahora, el decreto aprobado aclara los procedimientos judiciales para dirimir las medidas que adopten las Comunidades Autónomas una vez termine el estado de alarma y concede la última palabra al Tribunal Supremo: los gobiernos autonómicos podrán presentar recurso de casación ante el Alto Tribunal si los Tribunales Superiores de Justicia tumban, como ya ha ocurrió el pasado año, alguna de las medidas sanitarias que se aprueben.