Peñaranda y Alba de Tormes cerrarán a partir de mañana los interiores de la hostelería
Por su parte podrán abrir sus puertas los bares y restaurantes de Santa Marta de Tormes, Ciudad Rodrigo y Villares de la Reina. El municipio de Villamayor continúa una semana más en el listado de localidades con restricciones.
La Junta de Castilla y León ha actualizado, en reunión telemática de su Consejo de Gobierno celebrada esta mañana, el listado de municipios de la Comunidad en los que, en aplicación del Acuerdo 33/2021, del pasado 5 de abril, se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19.
Aranda de Duero (Burgos); Ponferrada (León); Alba de Tormes y Peñaranda de Bracamonte (Salamanca); Carbonero el Mayor (Segovia); y Ágreda (Soria) se incorporan a esta situación ante el empeoramiento de sus indicadores epidemiológicos y asistenciales, lo que obliga a la adopción de estas medidas excepcionales para la contención de la transmisión comunitaria del nuevo coronavirus SARS-CoV-2.
Por su parte, decae este régimen preventivo excepcional en Alfoz de Quintanadueñas (Burgos); Bembibre (León); Ciudad Rodrigo, Santa Marta de Tormes y Villares de la Reina (Salamanca); Cantalejo (Segovia); Almazán (Soria); y Aldeamayor de San Martín (Valladolid).
La actualización hoy aprobada alcanza 29 términos municipales castellanos y leoneses: Arenas de San Pedro y Las Navas del Marqués (Ávila); Burgos, Aranda de Duero, Medina de Pomar y Miranda de Ebro (Burgos); León, Ponferrada, San Andrés del Rabanedo, Valverde de la Virgen y Villablino (León); Aguilar de Campoo y Guardo (Palencia); Alba de Tormes, Peñaranda de Bracamonte y Villamayor (Salamanca); Segovia, Carbonero el Mayor, El Real Sitio de San Ildefonso y Palazuelos de Eresma (Segovia); Soria y Ágreda (Soria); Íscar, La Cistérniga, Laguna de Duero, Medina del Campo, Peñafiel y Simancas (Valladolid); y Benavente (Zamora).
El Acuerdo por el que se adoptan las medidas ahora aprobadas tendrá vigencia, una vez sea publicado en el BOCyL, a partir de las 00 h de mañana, 11 de mayo, siendo actualizado cada siete días.
Con tal fin, la Autoridad sanitaria autonómica realiza una labor continua de seguimiento y de evaluación de los indicadores sanitarios, sociales, económicos y de movilidad para valorar la adecuación de las medidas a la situación en cada momento, pudiendo mantener, modificar o levantar el régimen preventivo adoptado en cada uno de los municipios involucrados.
Estas medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional de aplicación en estas poblaciones son las siguientes:
- Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:
- Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.
- Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
- Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
- Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
- Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
- Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.
Nivel 4 de alerta sanitaria
Además de este régimen agravado, en estos 29 municipios, al igual que en el resto de la Comunidad, se mantienen las medidas preventivas ordinarias correspondientes al nivel 4 de alerta sanitaria por la pandemia en Castilla y León, recogidas en el Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.
Estas actitudes responsables supone el uso obligado de la mascarilla en las circunstancias establecidas, la distancia interpersonal, el lavado frente de las manos, la limitación del contacto social y el cumplimiento de la normativa vigente.
Todos ciudadanos han de colaborar en la observancia de las medidas preventivas frente a la COVID-19 establecidas por las autoridades, de manera que sus incumplimientos podrán ser sancionados de conformidad con el Decreto-Ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.
El seguimiento y control de las actuaciones que componen el marco normativo vinculado al nivel de alerta sanitaria por la COVID-19 decretado en la Comunidad se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL), correspondiéndoles a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previsto, la vigilancia, la inspección y el control de su cumplimiento, contando para ello con la cooperación y la colaboración de la Delegación del Gobierno y de los ayuntamientos para el control y aplicación de las medidas adoptadas a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de las policías locales.