Todo sobre el certificado COVID para el ocio seguro

Lunes, 26 de Julio de 2021
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Asumimos con naturalidad la exigencia de vacunas para entrar en determinados países, pero ¿qué pasa si eso nos ocurre en nuestro propio país, para entrar en un restaurante y en medio de la campaña de inmunización?

En España, las comunidades autónomas de Galicia y Canarias ya han ampliado el uso del certificado COVID europeo para regular los accesos a algunas actividades de ocio. Del mismo modo, el documento, digital o en papel, sirve para algo más que viajar en Francia, Portugal o Grecia.

Hablamos con expertos para conocer las ventajas, los conflictos, las condiciones y los límites de una medida que algunos consideran discriminatoria, aunque se justifique por la reducción del riesgo de contagio en interiores y eventos multitudinarios.

¿Atenta contra nuestras libertades y derechos?

“Cuando hablamos de actividades como es ir al teatro, un espectáculo deportivo o un concierto, en el contexto actual puede ser una buena medida, porque permite que se desarrollen esas actividades y que al menos accedan algunas personas que tengan acreditado el certificado”, elabora Federico de Montalvo, presidente del Comité de Bioética y profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Pontificia de Comillas ICAI-ICADE, consultado por RTVE.es.

El experto constitucionalista valora positivamente la herramienta “siempre que no sea para servicios esenciales o acceso al trabajo”. Como otras medidas utilizadas de forma excepcional durante la pandemia, el uso del certificado COVID europeo para entrar en interiores o participar en determinadas actividades, “en un contexto de quinta ola”, es posible si la medida está debidamente justificada y se establecen límites.

“El sistema lo que hace es premiar hasta un punto a los que se vacunan, pero sin llegar al punto de castigar a los que no, porque no es la idea”, afirma también Íñigo de Miguel, doctor en derecho y filosofía e investigador de bioética de la Universidad del País Vasco, que encuentra ventajas a la aplicación del también llamado ‘pasaporte COVID’ para otros usos más allá de la libre circulación entre estados europeos, para lo que se creó. El experto considera que tiene un doble objetivo: “reducir” el riesgo de contagio mientras se estimula la vacunación. Además, su nivel restrictivo puede ser “muy graduable”, dependiendo de la situación epidemiológica.

De Miguel cuestiona el discurso del presidente francés Emmanuel Macron al anunciar la decisión en Francia. “Esta vez se queda usted en casa, no nosotros”, dijo el mandatario a los ciudadanos que no se quieren vacunar y los negacionistas, que representan una amenaza a la buena marcha de la campaña de inmunización en el país. “Creo que es un mensaje erróneo. Los certificados tienen que estar llamados a conseguir crear espacios libres de riesgo, en la medida de lo posible. Desde luego no deben estar encaminados a restringir la libertad de acceso de nadie”, zanja el catedrático.

¿Existiría una discriminación por razón de edad?

“Todavía hay gente, sobre todo joven, que está en proceso de vacunación. Ahí habría un componente discriminatorio que hay que valorar, porque no es lo mismo no querer que no haber podido”, responde Jaime Jesús Pérez, vicepresidente de la Asociación Española de Vacunología, quien considera que en España “aún deberíamos esperar un poco” para hacer el planteamiento.

“No diría tanto que es una discriminación por razón de edad, porque no son solo los jóvenes”, razona, por su parte, el investigador Íñigo de Miguel, de la UPV. “Si estamos en un escenario en el que no se ha podido ofrecer la vacunación a todo mundo, lo que habría que hacer, cuanto menos, es que los test fueran gratuitos para todos los que no se han podido vacunar, si no, estamos trazando un problema de discriminación, de equidad”.

¿Es ético tratar diferente a quienes no se quieren vacunar?

El doctor en derecho Federico de Montalvo razona que son aceptables tratamientos diferentes, si estamos hablando de personas que han decidido no vacunarse. “En la Estrategia en ningún caso hemos dicho que la vacunación sea voluntaria. Hemos dicho que no es obligatoria. Eso significa que no teniendo repercusión legal -ni castigo ni obligación- la decisión de vacunarse se considera éticamente más correcta que la decisión de no vacunarse”, afirma quien, como presidente del Comité de Bioética, es también uno de los autores del documento que ha guiado la campaña acordada por el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas.

“Decimos que no es obligatoria, porque creemos que no es necesario obligar ahora. Pero la decisión correcta en un contexto de pandemia es la de vacunarse, porque es la decisión solidaria” continúa De Montalvo para explicar que puede no tenerse la misma consideración con quienes han decidido voluntariamente no vacunarse frente a quienes no les ha llegado el turno todavía.

¿Es una manera de hacer la vacuna obligatoria de forma en cubierta?

De nuevo esta cuestión arroja respuestas con matices distintos. “Si subvencionamos los test, si ponemos otros condicionantes, yo entiendo que no estamos obligando a nadie a vacunarse. Lo que estamos haciendo es crear un sistema en el que las personas que no se vacunen es probable que tengan más molestias para hacer cosas”, lanza Íñigo de Miguel, de la UPV, quien también considera que son diferencias “razonables y justificables” por el acto de solidaridad que supone vacunarse.

No obstante, países europeos como Francia o Grecia sí están utilizando la medida para fomentar la vacunación. Tanto De Miguel como Jaime Jesús Pérez, de la Asociación Española de Vacunología, no creen que eso sea algo tan necesario en España, donde la mayoría de la población quiere vacunarse.

“Estás obligando a hacerlo para poder tener una vida normal. Para poder ir a sitios a los que cualquiera quiere ir o, incluso, a veces socialmente necesitas ir”, opina, en cambio, Pérez. Además, el vicepresidente de la Asociación Española de Vacunología explica que, cuando más del 90 % de la población tiene una postura proclive, no merece la pena una “polémica” como la obligatoriedad.

“Cualquier medida de este tipo se tiene que tomar al final de un proceso. Cuando no has conseguido el objetivo por los medios convencionales, con campañas de comunicación y con concienciación a través de los profesionales sanitarios. La obligatoriedad únicamente puede ser el último recurso”, expresa.

¿Puede acabar en los tribunales?

“Va a depender sobre todo del contexto de la pandemia, que la medida sea necesaria”, aclara el constitucionalista Federico de Montalvo después de incidir que el buen funcionamiento democrático pasa porque los tribunales ratifiquen las medidas que afectan a los derechos de los ciudadanos, como exige la Carta Magna: “No podemos decir que se está judicializando. Es el mecanismo de control de los derechos. Si esto estuviera en manos del Ejecutivo o el Parlamento estaríamos volviendo al absolutismo del siglo XVIII”.

Así, el presidente del Comité de Bioética asegura que la medida es viable si se justifica y limita de manera adecuada y que no habría tantas contradicciones entre las sentencias si las autonomías argumentaran adecuadamente las medidas. Pone como ejemplo la estrategia de vacunación que, estableciendo un orden de priorización de unos ciudadanos sobre otros, no ha sido puesta en duda. El motivo es que el documento contiene cientos de páginas de argumentos, por “más de treinta expertos, muchos independientes”, que han coincidido en su conclusión. Esta medida, además, sería más sencilla que argumentar que otras más restrictivas como el toque de queda o los confinamientos.


Fuente: RTVE


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