¿Te han aprobado el ingreso mínimo vital? Comprueba el estado de tu solicitud

Lunes, 20 de Julio de 2020
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Cuando ya se ha solicitado la prestación del ingreso mínimo vital, la Seguridad Social tiene el deber de resolver y notificar la concesión de la ayuda en un plazo máximo de tres meses

Desde el 15 de junio se ha iniciado el plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Esta nueva prestación de la Seguridad Social busca reducir el nivel de pobreza y exclusión y persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias, e incluye una serie de políticas articuladas alrededor de la ayuda.

Pinche en este enlace para acceder a nuestra guía práctica donde le contamos cómo hacerlo.

La solicitud debe realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social y, cuando la situación sanitaria lo permita, también se podrá efectuar en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Los ciudadanos se pueden informar sobre el Ingreso Mínimo Vital a través de la página web de la Seguridad Social (http://www.seg-social.es) y mediante el nuevo asesor virtual, ISSA. También disponen de una herramienta de simulación, donde pueden comprobar si cumplen los requisitos para acceder a esta prestación, y de una línea de teléfono para realizar consultas concretas (900 20 22 22), que la próxima semana comenzará a funcionar también en horario de tarde.

El Ingreso Mínimo Vital establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. Completará las rentas preexistentes (entre otras, las salariales), hasta ese umbral garantizado para cada tipología que, en el caso de los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva, que se distribuirá en doce pagas.

Las solicitudes que se presenten durante los tres primeros meses serán reconocidas con efecto retroactivo desde el 1 de junio. Después de este plazo, el derecho a la prestación del Ingreso Mínimo Vital nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) enviará un SMS a los solicitantes que resulten beneficiarios de la ayuda, mientras que el silencio administrativo supondrá una resolución negativa.

El INSS reconocerá de oficio la prestación a casi 75.000 familias que ya reciben la asignación de menor a cargo y que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley. Estos beneficiarios recibirán un SMS y una resolución donde se explica su concesión. Además, percibirán el primer pago del Ingreso Mínimo Vital el próximo 26 de junio, casi un mes antes de lo que correspondería en el caso de recibir la prestación por menor a cargo.

Requisitos

El primer requisito para acceder al IMV será el de la vulnerabilidad económica. También habrá que haber solicitado las prestaciones y  pensiones a las que pudiera tener derecho.

Habrá un titular por unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo, en los que no habrá requisito de edad. Si el solicitante vive solo, tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo de manera independiente de sus progenitores y tendrá que haber estado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social durante al menos doce meses.

Si los solicitantes viven integrados en una unidad de convivencia ésta tendrá que llevar constituida al menos un año a la presentación de la solicitud.

Para todos los solicitantes se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.

Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de COVID-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año.

En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.

Documentación

Entre la documentación necesaria  para realizar la solicitud están:

  • Para acreditar la identidad: DNI o NIE en el caso de extranjeros.
  • Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o tarjeta de identidad de extranjeros.
  • Para acreditar el domicilio en España: certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad.
  • Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho.

¿cómo se puede saber si te han concedido la prestación del ingreso mínimo vital?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene la obligación, de acuerdo con lo que consta en el Real Decreto-ley 20/2020 donde se regula la medida del ingreso mínimo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de resolver y notificar el procedimiento a la persona solicitante en un plazo máximo de tres meses "desde la fecha de entrada en el registro del expediente administrativo". Además, según se apunta también en el BOE, "transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, se entenderá denegada la solicitud por silencio administrativo".

Tal y como detallan en la revista de la Seguridad Social, el INSS informará a los solicitantes a través de un SMS –que en el caso de las unidades de convivencia, recibiría el titular que solicita la ayuda en nombre de todos los miembros del hogar— si resultan beneficiarios de la prestación; mientras que en virtud del marco legislativo de la medida el silencio administrativo se considera como una resolución negativa de la solicitud. En el caso de las familias a las que se les ha reconocido la renta mínima por haber recibido una asignación de menor a cargo, también se les comunica la noticia por medio de un SMS y se les hace llegar "una resolución donde se explica su concesión". El primer pago del ingreso mínimo vital se hizo realidad el 26 de junio y "todas las solicitudes que se cursen hasta el 15 de septiembre se cobran con carácter retroactivo desde el 1 de junio", según lo que detalló el vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, en la presentación de la medida el pasado 29 de mayo.


¿Cómo consultar el estado de la solicitud?

La sede electrónica de la Seguridad Social constituye la principal vía para rellenar el formulario de acceso a la prestación y presentar la documentación necesaria para el reconocimiento de la ayuda. De contar con certificado electrónico o usuario y contraseña en el sistema Cl@ve, se puede gestionar la solicitud a través de este enlace seleccionando el método de autenticación. En el caso contrario, los posibles beneficiarios que no cuenten con estas claves digitales pueden completar el formulario de acceso por otra vía, pudiendo también en cualquier momento comprobar el estado de la solicitud.

En el propio formulario de la ayuda, se incluye un apartado en el que se indica cómo consultar en qué punto se encuentra la solicitud. Para poder acceder a ello, se necesita el código de la solicitud que aparece al terminar el proceso: un número largo que contiene tanto cifras numéricas como letras y que se muestra en la pantalla una vez se han revisado los datos introducidos en la última página del formulario y se ha dado a confirmar. A través del servicio 'Aportar documentación a la solicitud', que no sólo sirve para añadir documentos que se hayan podido olvidar, se puede realizar esta gestión introduciendo dicho código junto al documento de identidad.


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Comentarios

Maria
Lunes, 25 de Enero de 2021
Mean aprobado el minimo vital 200 y pico 2 niños sin conbra nada y ahora meas descontado la mantencion
De 400 euro que no la cobra desde 2011 y dicen que eso es legal y quieres que cin 200 euro pajes alquiler y todos los gatos con 2 niño
Ana
Lunes, 28 de Diciembre de 2020
Errecivido un sms diciendome que asido faborable aminfabor que si me lan aceptado el sms melon biaron el dia 22 de dicienbre cuando enpezare acobrar?
Luis manuel
Lunes, 7 de Diciembre de 2020
Tengo aprobado desde 16 noviembre..que cobró en diciembre o en enero?
Luis
Miércoles, 9 de Septiembre de 2020
Ayer en la entrevista por la noche en la cadena ser noche.
También ha subrayado que los ciudadanos que tengan derecho a la prestación y la presenten antes de final de diciembre, y a los que todavía no se les ha concedido, recibirán "retroactivamente sus nominas mensuales desde junio en el momento en el que se apruebe ka solicitud ".
Apoyarnos, dar noticias positivas y los amargados que,salgan del foro y no preocupen a la gente!!!!!
Ánimo a todos menos a lis miserables!!!
Antonio
Lunes, 17 de Agosto de 2020
Hay mucha gente muy necesitada que no tiene para dar de comer a sus hijos y se quedará fuera
Rosario
Viernes, 31 de Julio de 2020
Creo q esta ayuda esta mal distribuida pues ahí matrimonios q están los dos trabajando sin cotizar y sin estar declarados y se lo an consedido yo creo q debe haber más vigilancia en estas cosas están de okupas sin pagar nada y encima se lo conseden sin aser nada es increible
.
Miércoles, 29 de Julio de 2020
No sé si constarán todos los datos que incluí gracias espero k si. Este mes he cobrado 27€ de mi pensión de iuda es lo que cobro pero de esta pago un préstamo de 300€ de la boca .Alcampo el móvil yñocaso y me quedó sin nada. Creo que me pertenece la ayuda pero me ha sido imposible hecharla por la weep gracias










Sandra
Miércoles, 22 de Julio de 2020
Pues en mi caso según la ss no entro en familia vulnerable por q en el 2019 estaba trabajando como empleada de hogar cobrando 600 e desde marzo estoy sin cobrar nada dandome las asistentas alimentos y ayudándome mis vecinos toda mi vida trabajando y ahora q lo necesito están estudiando mi solicitud y gente q no les hace falta y me consta les han dado un dineral por favor estudiar las solicitudes q tengo 2 niños y ni mi marido ni yo cobramos nada
Alejandro
Miércoles, 22 de Julio de 2020
A los padres de familia solo saben juzgarlos y abandonarlos y negarlos
Eneka
Miércoles, 22 de Julio de 2020
Hola buenas yo tengo hijos a cargo y concedida la renta y cobrada, Ami no me an ingresado el imv y e cobrado los puntos y la renta.. alguien me puede explicar por qué no tengo respuestas de la seguridad social? Me hacen a mi hacer la solicitud? Gracias un saludo
Rocio
Miércoles, 22 de Julio de 2020
A ver esto que ,para dar saluda a otras personas i aclararnos las dudas entre unos i otros o cojer i instar menospreciar a otra persona que aya dado otra opinión, i meternos por si forma de escribir, tanbien vuestros comentarios dejan mucho que desear la juzgado a ella por como escribe por su comentario pero si es que me e metido a qui para ver que opinión teníais de la renta si podíamos ayudarnosnunos a otro i resulta que esto es para estar de cachondeo ,se verdad de vergüenza agena nefasto
Maria Nieves
Miércoles, 22 de Julio de 2020
Hola a tod@s! En mi caso, recibí el primer pago del Ingreso Mínimo Vital el pasado 26 de junio, por lo que quiero decir a las personas(o personajes) que se dedican a decir que lo del Ingreso Vital es mentira y una farsa, que dejen de mentir,desanimar y crear más incertidumbre a todas las familias y personas que necesitan de este ingreso, pues me parece inhumano y carente de empatía el jugar de este modo con las esperanzas de las personas que hemos visto en el Ingreso Mínimo Vital un poco de luz para seguir adelante.
Quiero dar ánimos a tod@s los que estáis solicitándolo, seguro que pronto saldremos de esta situación. Un abrazo lleno de buenas vibras para tod@s;)
Gema
Miércoles, 22 de Julio de 2020
Esta señora Carmen habla sin razón Sabra ella quien la necesita y quien no fijó que ella a sido la primera en pedirla y dijo que no a trabajado en su vida por que la faltas de ortografía no es que sea de una persona muy culta así que a trabajar tú por que fijo nunca has agachado el lomo madre mía la verdad que realmente gente que lo necesita y no les dan ni las gracias y fijo que a esta señora se lo han dado
Verónica
Miércoles, 22 de Julio de 2020
Pues no en todo pero en algunas cosas si que estoy de acuerdo con carmen, porque lo que no es normal que le den este tipo de ayudas a personas que en la vida an cotizado, que viven de okupas sin pagar gastos, con cuartos de marihuana, con coches, con oro, con marcas y luego personas que an trabajado toda su vida y que por desgracias ahora están viviendo esta cruel situación no se la den! Esto me parece vergonzo!! Deberían de revisar a quienes les Dan esas pagas! Mi barrio un barrio humilde donde las personas llevan doble ingresos, el de la seguridad social y el de las drogas, hay que joderse
Susana
Miércoles, 22 de Julio de 2020
A esa tal Carmen, que aprenda a escribir en sus ratos libres.. solo eso le diría....


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