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Periódico Digital de Gastronomía y Turismo de Salamanca

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Sábado, 11 de julio de 2026

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Te aclaramos todo lo que se puede o no se puede hacer en el toque de queda

La Agencia de Protección Civil de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha puesto a disposición de los ciudadanos un listado de preguntas y respuestas frecuentes en relación con el toque de queda vigente en Castilla y León a causa de la epidemia de COVID-19.

Te aclaramos todo lo que se puede o no se puede hacer en el toque de queda

En la guía se aclaran las dudas más frecuentes que tienen los ciudadanos a cerca de lo que se puede o  no hacer tras el toque de queda establecido en Castilla y León, como sacar a pasear a las mascotas entre las 22:00 y las 06:00 horas o ir a tirar la basura dentro de ese horario.

Además, también se aclaran las dudas sobre la posibilidad de adquirir comida a domicilio o en establecimientos o el poder ir a comprar medicamentos, productos sanitarios o bienes de primera necesidad.

En HosteleriaSalamanca te mostramos la guía con todas estas preguntas y respuestas a continuación:

Preguntas frecuentes a cerca de que se puede y que no durante el toque de queda

¿Es posible que los hoteles u otros establecimientos de alojamiento ofrezcan servicios de cena más allá de las 22:00 horas?

Si, siempre que el servicio se destine a clientes alojados en el establecimiento, de tal manera que al finalizar el servicio, no discurran por vías o espacios públicos para llegar a sus respectivas habitaciones.

¿Es posible hacer el registro de entrada (Check in) en un establecimiento de alojamiento más allá de las 22:00 horas?

No, salvo que esté amparada la situación en una excepción motivada en un supuesto de fuerza mayor, situación de necesidad o análogo.

¿Es posible repartir comida a domicilio más allá de las 22:00 horas? ¿Hasta qué hora podría hacerlo?

Si, teniendo en consideración que el/la repartidor/a está realizando una obligación laboral o profesional. La hora límite para hacerlo es las 1:00 horas.

¿Es posible recoger comida en un establecimiento para consumir en el domicilio más allá de las 22:00 horas?

No, no se considera una excepción a la limitación de la libertad de circulación.

¿Puedo pasear al perro entre las 22:00 y las 06:00 horas?

No, no se considera una excepción a la limitación de la libertad de circulación, con carácter general. Cabria valorar, en su caso, la situación de necesidad, en el curso del procedimiento sancionador.

¿Está permitida la realización de actividades agrícolas entre las 22:00 y las 06:00 horas?

Si, está permitida

¿Puedo bajar la basura entre las 22:00 y las 06:00 horas?

No, no se considera una excepción a la limitación de la libertad de circulación.

Actividades lúdicas-recreativas-culturales

Toda actividad recreativa, lúdica o cultural deberá prever su finalización antes de las 22:00 horas, a fin de que el público asistente pueda volver a su residencia habitual en el horario permitido.

Academias y otros centros de educación no oficial

Toda actividad desarrollada en academias u otros centros educativos no oficiales, deberá prever su finalización antes de las 22:00 horas, a fin de el alumno puedo volver a su residencia habitual en el horario permitido.

Peñas

Siguen prohibidas

Bienes de primera necesidad (su adquisición está permitida en horarios de 22:00 a 06:00 horas)

No existe una definición legal general. Habrá que estar al caso concreto sin prejuicio de poder tener en cuenta las siguientes tiendas orientativas: cosas de las que no se puede prescindir para la subsistencia o la salud, bienes que sean indispensables para la satisfacción de necesidades inmediatas de las personas, tales como alimentos, medicamentos y ropa de cama y de vestir. Se incluye la adquisición de productos de alimentación animal.

Repostaje en gasolineras

El repostaje en gasolineras está permitido en horario de 22:00 a 06:00 horas, siempre que sea necesario para realizar alguna de las restantes actividades permitidas. A tener en cuenta que, salvo causa de situación de necesidad, quien se ve amparado en esta excepción es quien conduce.