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Martes, 21 de julio de 2026

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El tiempo se agota

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Fuente: Terra Actualidad

Apenas queda un mes de plazo para que bares, restaurantes y discotecas de más de 100 metros cuadrados, que hayan decidido permitir fumar en sus locales, hagan las obras de separación física para crear espacios libres de humo y separar a los no fumadores de los que sí lo son.

La ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo, aprobada el pasado 1 de enero, concedió una moratoria de 8 meses, es decir hasta el 31 de agosto, para que estos locales pudieran acometer las obras pertinentes y cumplir con lo establecido en esta norma. Los bares de menos de 100 metros cuadrados no tendrán que hacer obras y podrán elegir si se declaran o no libres de humo y advertirlo en carteles visibles.

Con ocasión del Día Mundial Sin Tabaco, que se celebró a finales de mayo, la ministra de Sanidad, Elena Salgado, advirtió, citando a la OMS, que la industria del tabaco ha comenzado a vender este producto bajo nuevas formas, para mascar o colocar en la nariz, o para pipas de agua, y dijo que son igual de 'mortíferas' para la salud. La ministra aludió a los estudios realizados por algunas sociedades científicas y médicas españolas, que señalan que casi la mitad de los fumadores (un 46,3%) han intentado dejar el tabaco desde que salió la ley y que un porcentaje similar asegura que intentará abandonarlo en los próximos seis meses.

También indicó que las últimas cifras del Comisionado para el Mercado de Tabacos reflejan que la venta de cajetillas de tabaco han disminuido en el primer cuatrimestre del año un 6,3% en comparación con el año anterior. Actualmente, el porcentaje de fumadores diarios en España asciende a un 28,12% y el número de fallecimientos anuales a 55.000.

La ley aprobada por el Parlamento restringe a casi a la mitad los puntos de venta de tabaco, y ya sólo podrá venderse este producto en los estancos, a través de máquinas expendedoras que cuenten con las autorizaciones administrativas oportunas, y en algunos quioscos.

En cuanto a las limitaciones sobre el consumo, se prohíbe fumar en centros de trabajo públicos y privados, salvo en los espacios al aire libre; en centros y dependencias de las Administraciones públicas y en centros o servicios o establecimientos sanitarios. También se prohíbe en centros docentes y formativos, independientemente de la edad del alumnado y del tipo de enseñanza, instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos públicos, siempre que no sean al aire libre, centros culturales, salas de lectura, exposición, biblioteca, conferencias y museos. La misma prohibición incluye medios de transporte colectivo urbano e interurbano, taxis, ambulancias, y medios de transporte aéreo, ferroviarios y marítimos, salvo en los espacios al aire libre.