Te recordamos todas las medidas para las fechas navideñas en Castilla y León

Jueves, 24 de Diciembre de 2020
HosteleriaSalamanca.es

Hoy es Nochebuena y puede decirse que comienza oficialmente el periodo navideño, por eso hacemos un repaso de todas las restricciones que estarán en vigor hasta el 10 de enero en nuestra Comunidad.

Las medidas establecidas en Castilla y León para los próximos días son las siguientes:

Horario de los establecimientos de hostelería

Para los días 24 y 31 de diciembre se mantiene, como horario de cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, las 22:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 21:00 horas. Se incluye a los establecimientos y servicios de restauración en zonas comunes de hoteles y alojamientos para todo tipo de clientes, externos o alojados.

Controles de aforo

Con el fin de evitar la formación de aglomeraciones de personas en las vías y espacios públicos, los ayuntamientos adoptarán medidas de control del aforo en aquellas vías o espacios públicos que se prevea que puedan tener una alta densidad de afluencia de personas, estableciéndose, si fuese necesario, itinerarios para dirigir la circulación de las personas y así poder mantener la distancia de seguridad interpersonal.

Campanadas

No se podrán organizar actos con motivo de festejar las doce campanadas de fin de año en plazas o vías públicas. Los ayuntamientos respectivos informarán a la población para que no concurra a los lugares donde tradicionalmente se desarrollen estos actos y adoptarán medidas precisas de control para evitar que se produzcan aglomeraciones por dicho motivo.

Celebración de espectáculos

Se suspende provisionalmente la concesión de nuevas autorizaciones para la celebración de espectáculos y actividades recreativas cuyo desarrollo discurra por uno o varios términos municipales, con las excepciones previstas en los puntos siguientes.

Cabalgatas y conciertos navideños

Si bien se recomienda no celebrar eventos como cabalgatas de reyes y conciertos navideños, y en general cualquier acto que contribuya a una elevada afluencia con riesgo de aglomeración de personas en la vía pública, siendo preferible su sustitución por actos retransmitidos a distancia o virtuales, en caso de celebrarse, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

  • a) sólo podrá hacerse en recintos acotados, estableciendo por diferentes lugares la entrada y salida del público y en el caso de cabalgatas y similares deberán realizarse de forma estática.
  • b) el público asistente deberá permanecer sentado y no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla de todo el público asistente.
  • c) se prohíbe el consumo de alimentos y bebidas, así como cualquier otra actividad que ocasione no usar la mascarilla por parte del público durante estos eventos, así como en su acceso o salida.

Exposiciones de belenes

Las exposiciones de belenes y los belenes vivientes solo se podrán llevar a cabo en recintos acotados y no se podrá superar el cincuenta por ciento de su aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla, debiendo establecerse límites de tiempo en la permanencia de personas en exposiciones interiores, que preferiblemente no superen los 15 minutos.

Visitas a centros residenciales

Se flexibilizan las visitas de familiares a los centros residenciales de personas mayores y de persona con discapacidad, ampliando éstas hasta 2 familiares por residente y día, con una duración máxima de dos horas. En los centros residenciales de personas mayores donde tradicionalmente se realizaban cenas o comidas de Navidad de familiares con los residentes, se podrán realizar, siempre y cuando los familiares, máximo 2 por residente, tengan una prueba diagnóstica de infección activa negativa, extremando las medidas de seguridad.

Eventos deportivos

Se suspenden las actividades y eventos deportivos, como la carrera de San Silvestre, con elevada afluencia de público o que puedan provocar aglomeraciones.

Cierre perimetral de Castilla y León

Se mantiene el cierre perimetral de la Comunidad hasta el 10 de enero, salvo para las excepciones contempladas en la normativa, como es la asistencia a centro sanitarios, motivos laborales, educativos, y el retorno al lugar de residencia habitual.

Excepcionalmente se permitirá el tránsito de personas los días 23, 24, 25, y 26, 30, 31 de diciembre, 1 y 2 de enero para reagrupaciones familiares, que en ningún caso incluye a allegados. Además, el número de asistentes en domicilios privados será de 10 personas.


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