Los bares de Salamanca no podrán invitar a la segunda copa

Lunes, 11 de Junio de 2007

Fuente: Tribuna

A partir del próximo 14 de junio, los bares y discotecas de Salamanca no podrán seguir invitando a la segunda copa ni sus clientes podrán jugarse las consumiciones en ningún tipo de promoción.

Será en esta fecha cuando comience a aplicarse la modificación de la Ley de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León, que eliminará también todo tipo de promoción que incite de forma directa a un consumo abusivo mediante ofertas, premios, canjes, sorteos, concursos, fiestas o rebajas.

Para conocer la incidencia de este cambio normativo en Salamanca será necesario «dejar pasar el tiempo» , explica el presidente de la Asociación de Empresarios de Hostelería, David Prieto. En su opinión, debe haber un cambio en la promoción de los establecimientos que pasaría por atraer al cliente «vendiendo calidad y no cantidad». «Hay que fomentar la diferenciación potenciando aspectos como el ambiente del local», indica.

Otro factor que hay que tener cuenta para fomentar el ocio de calidad en la noche salmantina son los hábitos de consumo de los clientes. «Ahora la gente no sale a pasarlo bien sino a emborracharse, por lo que prefieren compartir una botella para dos personas que tomarse dos o tres copas en los bares», asegura el presidente de los hosteleros. Esta circunstancia implica que «muchas personas llegan ya ebrias a los locales, lo que influye en el descenso del número de clientes». Debido a la entrada en vigor de la reforma legal, las marcas tendrán que dejar de patrocinar y financiar actividades deportivas o culturales, dirigidas a menores, si ello lleva aparejada la publicidad de dicho patrocinio o la difusión de marcas, símbolos, imágenes o sonidos relacionados con las bebidas.

Además, para contribuir a la reducción del abuso de bebidas alcohólicas, las corporaciones locales tendrán que regular la localización, distancia y características que deberán reunir los establecimientos de suministro y venta, así como su consumo en la vía pública. En las localidades con más de 1.000 habitantes, las ordenanzas municipales deberán marcar una distancia mínima de 25 metros entre establecimientos dedicados al consumo y venta de bebidas alcohólicas.

Entre las novedades, la normativa prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas y productos del tabaco dirigida a menores de 18 años; la publicidad de bebidas en los programas, páginas o secciones destinadas al publico infantil y juvenil en los medios de comunicación social, editados en la Comunidad a través de programas, páginas o secciones; así como el uso de la imagen y la voz de los menores de edad en este tipo de mensajes.
 


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