Ya puedes solicitar de forma presencial el Ingreso Mínimo Vital

Jueves, 25 de Junio de 2020
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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones reabre al público hoy la mayor parte de las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). La Seguridad Social vuelve a ofrecer la atención presencial en estos centros, que permanecían cerrados desde la declaración del estado de alarma por la pandemia de COVID-19.

Foto de archivo de una oficina de la Seguridad Social

Para acudir a una oficina del INSS será indispensable haber solicitado una cita previa, cuyo servicio se pone en funcionamiento también hoy jueves. Con el objetivo garantizar el cumplimiento de los protocolos de seguridad sanitaria, habrá límite de aforo y un mayor tiempo previsto de atención para cada visita. El horario de atención presencial será, como antes del cierre, de 9.00 horas a 14.00 horas, de lunes a viernes.

Si se quiere pedir cita previa en una oficina del INSS para solicitar una prestación, por ejemplo, hay que llamar a la línea de teléfono: 

La Seguridad Social ha reforzado en los últimos meses la atención mediante los canales telemáticos para que se puedan realizar la mayor parte de los trámites a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o de la página web. Prueba de ello es que durante la pandemia el INSS, por ejemplo, ha resuelto más de 250.000 prestaciones solicitadas por esta vía y en sólo una semana ha recibido la demanda de más de 300.000 hogares del Ingreso Mínimo Vital únicamente de forma telemática.

Documentación a presentar para el Ingreso Mínimo Vital

Esta documentación básica que necesitará, además de la propia solicitud debidamente rellenada y firmada, es:

  • Para acreditar la identidad: DNI o NIE en el caso de extranjeros.
  • Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro
  • Para acreditar el domicilio en España: certificado del Padrón Colectivo Histórico, donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad.
  • Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho.
  • Para acreditar rentas: una declaración responsable de ingresos y patrimonio (se encuentra implícita en la propia solicitud como uno de los apartados a rellenar).

Además, y sólo en caso de encontrarse en alguna de estas situaciones, deberá presentar:

  • En supuestos de incapacitación judicial: Sentencia que lo acredite
  • En supuestos de acogimiento: Resolución judicial o administrativa que lo acredite
  • En supuestos de separación judicial o divorcio: Sentencia judicial de separación/divorcio y en su caso convenio regulador sellado por el juzgado.
  • En el supuesto de separación de hecho o si la separación o el divorcio están en trámite: Copia diligenciada por el Juzgado de la demanda de separación o divorcio, o copia de la denuncia de abandono del hogar familiar, o convenio regulador sellado y diligenciado por el Juzgado o, por último, testimonio de la aprobación judicial de las medidas provisionales en que se acuerde la guarda y custodia.
  • En el supuesto de parejas de hecho en las que no existe convivencia: Documento judicial que atribuya la guarda y custodia de los hijos comunes a un determinado progenitor o a ambos  de forma compartida.
  • En supuestos de violencia de género: Sentencia condenatoria por delito de violencia de género. Orden de protección o medidas cautelares, informe del Ministerio Fiscal o informe de servicios sociales, servicios especializados o servicios de acogida.
  • En supuestos de víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual: Informe emitido por los servicios públicos y/o servicios sociales encargados de la atención integral a estas víctimas.
  • En supuestos menor emancipado: Acreditación mediante documento público, resolución judicial o certificado del Registro Civil.

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Comentarios

Rita
Lunes, 24 de Agosto de 2020
Presentar los papeles

 


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